Entre el 7 de febrero de 1992, cuando fue firmado el Tratado de la Unión Europea en Maastricht, y el 1 de noviembre de 1993, fecha de su entrada en vigor, transcurrieron casi dos años de viva polémica política —y jurídica— sobre la integración europea. El nuevo peldaño, y sobre todo dos de sus manifestaciones (derecho de voto de los extranjeros en elecciones municipales, con la posible emergencia de un ius commune para la vida en las ciudades europeas; y la futura tercera fase de la Unión Económica y Monetaria) han provocado una no pequeña sacudida interna en los doce países que, en el plano jurídico, y en particular en los tres países que vamos a analizar, ha traído consigo reformas constitucionales explícitas, e importantes pronunciamientos de sus más altos Tribunales.
El Tratado de la Unión Europea no surge del vacío. Más bien sólo es inteligible desde una perspectiva dinámica, como una nueva secuencia dentro del proceso integrador abierto en 1951. Ocurre sin embargo que, sea por la crisis económica, sea por circunstancias políticas de este o aquel país, o sea por haber alcanzado la integración un punto que hace hackear la subsistencia de las integridades nacionales, lo cierto es que sólo en 1992 y 1993, el debate constitucional ha entrado en las grandes cuestiones de siempre, como la soberanía, la democracia o la (en apariencia, algo anticuada) diferencia entre Estado federal y confederación; conceptos abstractos tan poco caros a los padres fundadores de la Comunidad, pero que no se resisten a ser desplazados por las pequeñas y graduales solidaridades de hecho.
En el presente trabajo, de pretensiones sólo divulgativas, se van a relatar, casi a modo de crónica, los debates constitucionales que han tenido lugar en Francia, España y Alemania.
Antes de empezar, sin embargo, es obligado indicar que,…
